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Diputados aprobó los proyectos de auxilio al turismo y multas a la pesca ilegal


02 de septiembre de 2020

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En una maratónica jornada de trabajo que se inició ayer a las 11.40 con la reunión de presidentes de bloque y que concluyó esta madrugada a las 5.07 con el cierre de la sesión, la Cámara baja aprobó las dos proyectos de ley

La Cámara de Diputados convirtió hoy en ley el proyecto de auxilio al Turismo y aprobó el que aumenta las penas a la pesca ilegal, en una sesión mixta que llevaron adelante el Frente de Todos y algunos bloques provinciales, y que Juntos por el Cambio cuestionó y anticipó que pedirá su impugnación judical por considerar que debía ser presencial.

En una maratónica jornada de trabajo que se inició ayer a las 11.40 con la reunión de presidentes de bloque y que concluyó esta madrugada a las 5.07 con el cierre de la sesión que comenzó a las 19,40. finalmente Diputados aprobó las dos proyectos en cuestión.

Los textos provenientes del Senado que dan herramientas de auxilio al sector turístico y que aumentan las penas para la pesca ilegal, recién comenzaron a ser tratados a la 1,15, cuando se agotaron las exposiciones sobre la metodología en la que se debía sesionar.

Los proyectos fueron aprobados con los votos del Frente de Todos, los representantes de los gobiernos provinciales de Córdoba, Rio Negro, Misiones y Neuquen, y otros dipuatdos de bancadas minoritarias.

El cuestionamiento de Juntos por el Cambio a la propuesta de continuidad de las sesiones mixtas impulsada por el oficialismo no pudo ser resuelto en las más de siete horas de reunión de Labor Parlamentaria, con sus pequeños cuartos intermedios incluidos.

La negativa de los ex Cambiemos a prorrogar las sesiones virtuales por 30 días si no se dejaba escrito qué temas como las reformas judicial o previsional estaban exceptuadas del temario, dificultaron el posible acuerdo.

Nuevo regimen de multas a la pesca ilegal

El proyecto modifica varios artículos de la Ley de Régimen Federal de Pesca (N°24.922), sancionada en 1998. Además, se incorpora el artículo 51 bis, el cual detalla los nuevos montos de las multas y cómo se medirán. En la actualidad, la norma prevé sanciones económicas que van de los 10 mil pesos a un millón de pesos.

La iniciativa indica que “la sanción de multa será establecida en unidades de valor denominadas Unidades Pesca (UP), equivalentes al precio de un litro de combustible gasoil” y “la autoridad de aplicación determinará el procedimiento de fijación del valor en moneda de curso legal de las UP”.

“Las UP se convertirán en moneda de curso legal al momento en que el presunto infractor se allane a la imputación efectuada conforme el procedimiento previsto por el artículo 54 bis de esta ley o al momento del pago total de la multa impuesta por resolución firme dictada en sede administrativa o sentencia judicial”, agrega.

El proyecto establece que la multa mínima será de 1.000 Unidades Pesca y la máxima de 300.000 Unidades Pesca. “Cuando la infracción de que se trate sea la de pescar sin autorización de captura, carecer de una cuota individual de captura o pescar en zona de veda, la multa mínima no podrá ser inferior a 3.000 UP”, señala.

En tanto, “cuando la infracción de que se trate sea la de pescar sin permiso, la multa mínima no podrá ser inferior a 500.000 UP y la máxima de 3.000.000 UP”.

Entre otros cambios, además de mantener el texto del artículo 54 de la actual ley, donde establece que tratándose de embarcaciones extranjeras, la autoridad de aplicación podrá retener el buque y que los gastos que eso demande correrán por parte del propietario, la iniciativa del Ejecutivo incorpora que “todo ello” será “sin perjuicio de las sanciones penales y/o aduaneras que pudieran corresponder”.

Proyecto de reacivación del turismo

Pese a haberse debatido semanas atrás una iniciativa en comisiones de la Cámara baja, el texto aprobado surgió por consenso en el Senado y aprobado allí por unanimidad, con lo cual se trató sobre tablas este martes.

La norma prevé distintos beneficios fiscales y líneas de crédito para empresas y trabajadores del sector, mientras que también establece medidas de promoción e incentivo para los consumidores.

La ley alcanza a servicios de alojamiento, agencias de viajes, transporte vinculado a la actividad, profesionales y guías de turismo, centros turísticos, gastronomía, entre otros.

Beneficios fiscales y económicos

Se extiende el Programa de ATP (Asistencia al Trabajo y la Producción) desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre para las actividades y rubros comprendidos que se encuentren paralizados o tengan una facturación inferior al 30%.

Se establecen como beneficios la reducción del 95% del pago de contribuciones patronales y el salario complementario abonado por el Estado Nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado del 50% del salario neto.

Se faculta al jefe de Gabinete a establecer condiciones especiales para garantizar la continuidad de las fuentes de trabajo y de los emprendimientos turísticos,  y a establecer una asistencia económica no reembolsable por un monto de hasta dos salarios mínimos.

Se prorroga por 180 días el vencimiento del pago de los impuestos existentes, o a crearse, que graven el patrimonio, los capitales o las ganancias de las actividades alcanzadas por la ley, cuyos vencimientos operen hasta el 31 de diciembre.

Se suspende por 180 días la traba de cualquier medida cautelar a requerimiento de la AFIP o la ANSES.

El Poder Ejecutivo implementará una reducción en las alícuotas del impuesto sobre los créditos y los débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, más conocido como “impuesto al cheque”, hasta el 31 de diciembre.

Se instruye al Banco Central a disponer líneas de crédito para los sujetos comprendidos y para municipios y comunas donde la actividad principal sea el turismo.

Beneficios para los consumidores

Con el objetivo de incentivar la demanda, se establece un bono fiscal vacacional para las familias cuyos ingresos mensuales no superen el equivalente a cuatro salarios mínimos, por única vez, para su uso dentro del país.

A su vez, se establece un régimen de preventa que consistirá en el reconocimiento, por parte del Estado Nacional, de un crédito a favor de las personas humanas, que será del 50% del monto de cada compra de servicios turísticos a ser brindados dentro del país.

Se crea un programa especial para el turismo de la tercera edad, por el cual el Estado aportará hasta el 21% de los paquetes turísticos, con el fin de sostener la actividad durante las temporadas bajas y para el bienestar de las personas mayores.

Se establece un programa de financiación de los paquetes turísticos de viajes de turismo estudiantil con destino nacional mediante una línea de crédito específica del Banco Nación.

Los establecimientos hoteleros de alojamiento temporario y empresas de transporte en cualquiera de sus modalidades que se hayan visto afectados o impedidos de prestar los servicios contratados de manera directa podrán ofrecer alternativamente a los usuarios las siguientes opciones: la reprogramación de los servicios contratados, respetando la calidad, estacionalidad y valores convenidos dentro de un período de 12 meses; la entrega de vouchers de servicios para ser utilizados hasta 12 meses posteriores al cese de la cuarentena, los cuales deberán ofrecer servicios equivalentes a los contratados u otros que pudiera aceptar el cliente; el reintegro del monto abonado por los servicios contratados mediante el pago de hasta seis cuotas iguales, mensuales y consecutivas con vencimiento dentro de los 60 días de recibida la solicitud de reembolso.

Si el consumidor contrató servicios mediante intermediarios (agencias de viajes) podrá reprogramar sus viajes o recibir un voucher para ser utilizado dentro de los 12 meses desde la finalización de la cuarentena. Las agencias deberán proceder al reembolso a los consumidores si éstos solicitan la resolución del contrato, siempre que los proveedores de servicios hubieran procedido a la devolución total del importe correspondiente. Si solo alguno de los proveedores del servicio de viajes realiza la devolución, el consumidor tendrá derecho al reembolso parcial, siendo descontado del importe del voucher entregado. Los reembolsos deberán efectuarse en un plazo no superior a 60 días desde la fecha de solicitud del reembolso o desde la fecha en que los proveedores de servicios hayan procedido a la devolución.

Las reprogramaciones y devoluciones de servicios de turismo estudiantil serán determinadas por el Ministerio de Turismo.

El Poder Ejecutivo deberá implementar una campaña promocional a través de los medios de comunicación audiovisual, gráficos y digitales a fin de motivar los viajes a destinos nacionales y comunicar los beneficios de esta ley.

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