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El gobierno pone en marcha la Ley de Góndolas


17 de marzo de 2020

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Con esta reglamentación buscan aplicar un reordenamiento en los exhibidores de supermercados y el ingreso de los productos Pymes junto con las grandes marcas.

La ley 27.545 publicada en el Boletín Oficial entra en vigencia después de alzarse en la Cámara alta con 56 votos afirmativos y 4 abstenciones. Entre sus objetivos se define el "contribuir a que el precio de los productos alimenticios, bebidas, de higiene y limpieza del hogar sea transparente y competitivo"; "mantener la armonía y el equilibrio entre los operadores económicos alcanzados por la ley con la finalidad de evitar que realicen prácticas comerciales que ocasionen distorsiones en el mercado"; amplia la oferta de productos artesanales y/o regionales nacionales producidos por las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes) y "fomentar a través de un régimen especial, la oferta de productos del sector de la agricultura familiar, campesina e indígena y los productos generados a partir de cooperativas y/o asociaciones mutuales"

De esta manera, el texto sancionado por el Congreso establece que tanto productos como alimentos y bebidas cuyas marcas sean de un mismo grupo económico no podrán ocupar más del 30 por ciento del espacio en las góndolas de los supermercados e hipermercados.

Además, determina que los establecimientos deberán garantizar un 25% de la góndola para la exhibición de productos de micro y pequeñas empresas nacionales y un 5% adicional para productos originados por la agricultura familiar, campesina e indígena y sectores de la economía popular.

"Queda prohibido generar una exclusión anticompetitiva de proveedores por el alquiler de espacios en góndolas o locaciones virtuales, o espacios preferenciales en góndolas o locaciones virtuales", precisa el proyecto el oficial. 

Durante su discusión, el presidente del interbloque de senadores de Cambiemos, Luis Naidenoff, quien acompañó la iniciativa, la catalogó de "insuficiente" y advirtió que "hace falta decisión política" para aplicar los controles de leyes ya existentes para impedir el alza en los precios.

La nueva normativa establece un plazo de 120 días de plazo para su implementación y la designación por parte del Poder Ejecutivo de una autoridad de aplicación. Además, se creará un observatorio que tendrá por función el "seguimiento, consulta, información y estudio" del funcionamiento en la cadena de valor de los productos alcanzados, así como también el asesoramiento de los órganos de la administración pública involucrados.

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