La reforma laboral comenzará a analizarse esta semana en el Senado
20 de noviembre de 2017
Sin mayores modificaciones, aunque con algunos ítems que seguramente tendrán un arduo debate, el proyecto llega al Congreso
El ministro Jorge Triaca había anticipado que el proyecto de reforma laboral sería enviado al Senado el viernes, pero en rigor ingresó a la 1.01 del sábado mediante expediente electrónico, por lo que su ingreso formal será dado por Mesa de Entradas este martes, para que comience su análisis en la Comisión de Trabajo y Previsión de la Cámara alta.
El proyecto de ley, denominado “de Ordenamiento Laboral”, consta de 130 artículos, y establece reglas para la regularización del trabajo no registrado; los trabajadores profesionales autónomos económicamente vinculados; los trabajadores tercerizados; una baja de litigiosidad; un aumento de la productividad; licencias por paternidad; formación laboral continua; y dualización de la enseñanza.
También se promueve una Red Federal de Servicios de Empleo; una transformación productiva, y crea una Agencia Nacional de Tecnologías de Salud.
En cuanto al blanqueo laboral, se propone una condonación de deuda para aquellos empleadores que regularicen la situación de sus trabajadores. Aquellos trabajadores pueden contabilizar hasta 5 años de aportes para su jubilación, y obtienen todos los beneficios de la antigüedad en el puesto. Se fortalecen también los mecanismos de lucha contra la informalidad, y se clarifica el concepto de registración laboral, estableciéndose multas por la no registración, que serán giradas a la seguridad social.
La reforma crea una nueva figura para trabajadores autónomos que presten servicios especializados para una persona física o jurídica, de la que dependan económicamente hasta el 80% de sus ingresos anuales y/o no se superen las 22 horas semanales de dedicación. Una comisión tripartita definirá los alcances de la figura y redactará el anteproyecto de Estatuto Especial.
En cuanto a la tercerización, que el proyecto define como “externalización de tareas”, se busca ordenar normativamente la situación de los trabajadores de empresas que prestan servicios en otras empresas. “En pos de reducir la litigiosidad, se especifican los alcances del concepto de solidaridad”, se indica, previendo que esto tendrá un impacto directo en la productividad, fomentando la especialización y promoviendo nuevos puestos de trabajo.
Se clarifican las obligaciones que los contratistas o subcontratistas deben cumplir para garantizar el cumplimiento de los controles de tercerización. El proyecto establece que se debe solicitar el CUIL de los trabajadores subcontratados y el control de la constancia de pago de las remuneraciones y los aportes a la seguridad social.
“Se le informará a los respectivos sindicatos de cada una de las contrataciones de personal para fortalecer los controles y prevenir los abusos”, puntualiza el proyecto.
Con el objeto de bajar la litigiosidad, se buscará adaptar conceptos a jurisprudencia u ordenar conceptos que son controvertidos o contradictorios en algunos fallos. En cuanto al certificado de trabajo, se simplificará el requerimiento burocrático que aumenta la litigiosidad. Se preserva además la protección del trabajador frente a cambios irrazonables en el contrato de trabajo, pero evitando la posibilidad de abusos de la normativa.
Para el cálculo de indemnizaciones, se ajusta la normativa a la jurisprudencia, unificando criterios y generando previsibilidad en los valores a incorporar.
Para el crédito laboral, se establece la actualización en base a Unidades de Valor Adquisitivo (UVA), terminando con las asimetrías en los índices utilizados en distintas jurisdicciones. Asimismo se garantiza la validez de las modificaciones de contratos celebrados entre empleador y trabajador mediante la homologación con asistencia sindical o letrada. Por último, se prohíbe el carácter no remunerativo a conceptos, rubros y/o sumas de naturaleza salarial, salvo los supuestos expresamente habilitados por el ordenamiento legal.
En pos de un aumento de productividad, se establece como parámetro de referencia a las dos terceras partes del horario semanal fijado por CCT. Esto ayuda a mejorar la organización de las empresas, lo que mejora la productividad, señala el proyecto.
Asimismo se permite la creación de un fondo voluntario con contribución a cargo del empleador, denominado “Fondo de cese laboral”, para el cumplimiento de las indemnizaciones. Se crearán institutos que administrarán dichos fondos, garantizando el cumplimiento de las obligaciones.
Respecto del régimen de licencias, se lo presenta bajo el rubro “Equidad de género y cuidados”, y apunta a la crianza compartida y la ampliación del concepto de parentalidad, estableciendo una licencia por paternidad y adopción de 15 días. Las licencias para trámites de adopción son de 10 días anuales; y las de tratamientos de reproducción asistida, de 5 días anuales. Se establece una jornada reducida para el cuidado de menores de hasta 4 años a acordar con el empleador; y una licencia de 30 días anuales sin goce de haberes “por razones particulares planificadas”.
Esta reforma crea un Instituto Nacional de Formación Laboral para la articulación de políticas, programas, proyectos e instituciones destinados a ejecutar las ofertas de capacitación laboral y la evaluación y certificación de las competencias laborales de los trabajadores.
Se crea también el sistema de Prácticas Formativas. Esto es, las pasantías, que dejan claro que para evitar el abuso de dicha modalidad, el Instituto Nacional de Formación Laboral, de manera tripartita, hará el seguimiento y evaluación de las prácticas formativas, así como la promoción y certificación de la formación laboral.
Se crea también un programa con el objetivo de asistir a trabajadores en empresas en transformación productiva. Se trata de empresas con dificultades competitivas y/o productividad declinante que requieren mejorar sus procesos o tecnología, modificar y/o desarrollar nuevos productos, o redireccionar su actividad y/o integrarse a otra u otras empresas con el objeto de potenciar su desempeño.
Esos trabajadores serán asistidos mediante un seguro por desempleo ampliado, capacitaciones ofrecidas por la Red de Servicios de Empleo, y un subsidio al salario para su contratación y rápida reinserción laboral.
Por último, el Ministerio de Trabajó convocará a una comisión técnica tripartita con el objeto de elaborar dos anteproyectos de ley. Uno para crear un régimen especial unificado de cotizaciones para trabajadores independientes que cuenten con la colaboración de hasta tres trabajadores independientes; y el otro para redactar un Estatuto Especial para trabajadores profesionales autónomos económicamente vinculados, que alcanzará a las profesiones determinadas en un listado elaborado al efecto.
El proyecto hace hincapié en sus fundamentos en la existencia de 12,2 millones de trabajadores registrados, y que entre enero de 2016 y agosto pasado, unos 279 mil trabajadores se incorporaron a la economía formal y se han acumulado 16 meses de crecimiento consecutivo del empleo registrado.
Asimismo se indica que en la actualidad hay más de 3 millones de trabajadores informales que no acceden a los derechos que les corresponden ni a la protección de la seguridad social.
Al detallar el contexto del mercado de trabajo en el país, advierten que las mujeres tienen una tasa de actividad de 48%, mientras que la de los hombres es de 72%. A su vez, las mujeres tienen una mayor tasa de desocupación (10,2%) y de informalidad (34,9%); en cuanto a los jóvenes, la tasa de desocupación para la franja que va de los 16 a los 24 años, es del 25%, o sea 3,7 veces más que los adultos. A su vez, los jóvenes desocupados son el 40% de los desocupados totales.
Por último, se destaca que entre 2011 y 2017, el crecimiento de la población fue del 1,1% anual, mientras que el trabajo registrado creció 0,7%, todo lo cual hace “necesarias medidas concretas de fortalecimiento del mercado para que el crecimiento del empleo logre incorporar a una población creciente”.