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En qué consiste el proyecto de responsabilidad penal empresaria


28 de junio de 2017

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El proyecto de ley que la Cámara de Diputados trata este miércoles castiga a las personas jurídicas por los delitos de cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, negocios incompatibles con el ejercicio de la función pública, y fraude contra la administración.

De acuerdo al texto, son responsables cualquiera de sus dueños, socios, accionistas, asociados, apoderados, representantes, directores, gerentes, y cualquiera de sus representantes en contratos asociativos, de agencia, concesión o fideicomiso.

En el artículo cuarto se establece que en los casos de transformación, fusión, absorción o cualquier otra modificación societaria, la responsabilidad de la persona jurídica es transmitida a la persona jurídica resultante o absorbente.

La sanción que se implementa consiste en una multa de entre 0,5% y 20% de los ingresos brutos anuales de la empresa en el último ejercicio anterior a la comisión del delito.

Otras sanciones complementarias son la suspensión total o parcial de actividades -no más de 10 años-, la suspensión del uso de patentes y marcas -con el mismo techo-, la pérdida o suspensión de subsidios estatales, o, en última instancia, la disolución y liquidación de la persona jurídica, si es que fue creada con el sólo fin de cometer delitos o si ésa constituye su principal actividad.

La acción penal se extingue por cumplimiento de un acuerdo de colaboración eficaz, una posibilidad que abre el artículo 20, donde la empresa -hasta el momento de la elevación a juicio- podría comprometerse ante el Ministerio Público Fiscal a proveer información útil para la investigación, a cambio de “la suspensión de la persecución”.

El artículo 37, en el centro de la discusión, indica que las empresas jurídicas podrán solicitar el acogimiento voluntario a ese acuerdo “por hechos anteriores a la sanción de la ley”. En estos supuestos, intervendría únicamente la Procuración del Tesoro de la Nación, con aval de la Sindicatura General de la Nación.

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